Titulación al menos de Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas o equivalente.
Se entenderá por equivalente (según RD 1584/2011):
a) Técnico especialista en Administrativa, rama Administrativa y Comercial.
b) Técnico especialista en Administración de Empresas, rama Administrativa y Comercial. c) Técnico especialista en Contabilidad, rama Administrativa y Comercial. d) Técnico especialista en Entidades de Ahorro, rama Administrativa y Comercial. e) Técnico especialista en Administración Empresarial, rama Administrativa y Comercial. f) Técnico especialista en Administración de Empresas, rama Administrativa y Comercial. g) Técnico especialista en Contabilidad y Administración en la Pequeña y Mediana Empresa, rama Administrativa y Comercial. h) Técnico especialista en Contabilidad y Gestión, rama Administrativa y Comercial.
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